alguien que controle de procedimiento administrativo?

Si tiene que ver con una multa de coche, yo la estoy recurriendo a través de la compañía de seguros...

300 euros por descargar en 3 minutos en una callejuela (segunda fila pero bien colocadíto) un Domingo a las 19:40 la tabla de wind, y en esos 3 minutos me clavaros 300 eurazos... [crybaby] debían estar escondidos en una papelera o cubo de basura....
 
no es por nada del coche, es una sanción administrativa. Me ha llegado la notificación del procedimiento para sancionarme y me adjuntan un anexo para hacer mis alegaciones, (por lo tanto en teoría aun no sería recurso o eso pienso yo) y quería que me orientaran un poco sobre que poner, si puedo hacer el tramite a través de una oficina de correos ya que lo de hacerlo en horario de oficina me va a ser muy complicado, saber los plazos en los que tienen que contestarme, valor del silencio administrativo etc.
Si hacen falta más detalles avisadme
gracias [saludo]
 
Jot dijo:
300 euros por descargar en 3 minutos en una callejuela (segunda fila pero bien colocadíto) un Domingo a las 19:40 la tabla de wind, y en esos 3 minutos me clavaros 300 eurazos... [crybaby] debían estar escondidos en una papelera o cubo de basura....

Jot, me preocupas. ¿A ti te ha mirado un tuerto? Vaya racha, joder, no te salvas de ninguna. Menos mal que lo del coche ha salido chupi al final. eso es que te ha cambiado ya la suerte.
Te cambio lotería por si acaso [heavy]
 
Hola:
Aunque no es materia que domine, te aconsejo leas este breve resumen
http://es.wikipedia.org/wiki/Procedimiento_administrativo_sancionadorpuedo

Una vez centrado, visita
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1398-1993.html
donde encontrarás el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Ahora estás en trámite de alegaciones, donde aportas tu versión de los hechos, lo razonable es no reconocerlos. Estas, creo, las puedes presentar en correos, si van destinadas a una Administración Pública en sobre abierto, llevas una copia y te sellan la entrada en el original y en la copia, aunque es más seguro presentarlas ante el organismo correspondiente o la Delegación del Gobierno de tu ciudad. Tambien suelen admitirse por fax, en al resolución tendrás el número. Es importante que pongas en el encabezamiento el nº de expediente.
Aunque tal vez sería mejor que llamaras y consultaras el modo de envio.

En fin poca ayuda sin conocer mas datos. Pero leete lo que has recibido ahi te dará pistas de como y donde hacer las alegaciones.

Y si la sanción puede ser de importe económico considerable, planteate buscar ayuda profesional.
 
Hola, lo primero, como te han dicho, consulta con tu seguro del automóvil igual te cubre la formalización del pliego de descargo o el recurso.

Hay que saber qué autoridad ha impuesto la multa, si ha sido el Ayuntamiento (policía local) o si ha sido Tráfico.

´Hay que saber si te pusieron la multa estando tu presente, o si te dejaron el papelito en el parabrisas o bien, si te ha llegado a casa.
Los plazos cuentan desde el momento de la notifición.
Los plazos son preclusivos, significa que una vez que transcurren pierdes la oportunidad de recurrir.

Los recursos si es ante el Ayuntamiento, previamente tienes un trámite de Alegaciones, es lo que vulgarmente llaman "pliego de descargo".
En el Ayuntamiento tienen tanto trabajo que muchas veces con un simple pliego de descargo te quitas la multa de encima porque tardan tanto en darte el trámite que muchas veces prescribe por silencio administrativo.

El recurso en vía administrativa es un recurso de súplica y cuando cae resolución denegatoria en vía administrativa te queda la via de la Jurisdicción Contencisoso-administrativa, es decir, ante el Juzgado, lo que ocurre es que necesitas obligatoriamente presentar el recurso mediante Abogado (no es necesario procurador en la Jurisdicción Contencioso-administrativa). Sería lo que en vía penal se llama querella, en vía civil o social se llama demanda y en vía contencioso-administrativa depende, se llama recurso en procedimiento abreviado y en procedimiento ordinario que no es el caso se llama demanda, un lío ya lo se).

Para ayudarte necesitaría saber muchos detalles de cómo ha sido la cosa.
Un saludo.
 
Joé que control... pues aprovecho la cobertura.

A mi multa de 300 euros que comento en este Post me han respondido a la alegación que hice por el seguro.. y dícen que nanai.

Ahora en esta respuesta dicen que están en fase de:

Notificación de conclusión de la fase instructora del procedimiento y apertura del trámite de audiencia

Me dan 15 días hábiles. Me piden aportar documentos probatorios bla, bla bla...Sigo alegando no? algún consejillo, sigo con el seguro? tengo que Realegar lo que alegué?

Gracias.... perdón por la intromisión..
 
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