Hola, lo primero, como te han dicho, consulta con tu seguro del automóvil igual te cubre la formalización del pliego de descargo o el recurso.
Hay que saber qué autoridad ha impuesto la multa, si ha sido el Ayuntamiento (policía local) o si ha sido Tráfico.
´Hay que saber si te pusieron la multa estando tu presente, o si te dejaron el papelito en el parabrisas o bien, si te ha llegado a casa.
Los plazos cuentan desde el momento de la notifición.
Los plazos son preclusivos, significa que una vez que transcurren pierdes la oportunidad de recurrir.
Los recursos si es ante el Ayuntamiento, previamente tienes un trámite de Alegaciones, es lo que vulgarmente llaman "pliego de descargo".
En el Ayuntamiento tienen tanto trabajo que muchas veces con un simple pliego de descargo te quitas la multa de encima porque tardan tanto en darte el trámite que muchas veces prescribe por silencio administrativo.
El recurso en vía administrativa es un recurso de súplica y cuando cae resolución denegatoria en vía administrativa te queda la via de la Jurisdicción Contencisoso-administrativa, es decir, ante el Juzgado, lo que ocurre es que necesitas obligatoriamente presentar el recurso mediante Abogado (no es necesario procurador en la Jurisdicción Contencioso-administrativa). Sería lo que en vía penal se llama querella, en vía civil o social se llama demanda y en vía contencioso-administrativa depende, se llama recurso en procedimiento abreviado y en procedimiento ordinario que no es el caso se llama demanda, un lío ya lo se).
Para ayudarte necesitaría saber muchos detalles de cómo ha sido la cosa.
Un saludo.