La ley de costas, dependiente del Ministrio de Fomento, es la que regula los diferentes usos de las costas, diferenciando claramente el baño, del paseo, la navegación,... incluso lo que define como "estar".
También define que es competencia de los municipios SEÑALIZAR y VIGILAR QUE SE CUMPLAN LAS NORMAS en lo que a zonas de baño respecta. Pero las normas no las dictan los municipios, si no dicha ley, que dice que:
- en costas con zona de baño señalizada esta prohibido navegar dentro de ésta y debe hacerse SIEMPRE QUE SEA POSIBLE por los canales establecidos al respecto y a una velocidad no superior a ¿4 nudos? aprox (no recuerdo si es exactamente 2, 3, 4 ó 5, pero da igual, nadie lo va a medir, despacito vamos)
- en costas no señalizadas se entenderá 50 metros si la costa es de roca o 200 si es de playa.
Si no hay canal señalizado o algo impide (POR EJEMPLO LAS CONDICIONES METEOROLÓGICAS) puedes acercarte a la costa por la zona de baño, pero siempre a esa velocidad limitada que no recuerdo.
No se dice nada de banderas rojas. Lo único que he encontrado al respecto es de las ordenanzas de Barcelona que dice claramente "prohibido el baño". Como he dicho, no puede decir nada más pues los municipios no tienen potestad para legislar al respecto. Igualmente el único estamento autorizado para prohibir la navegación es Capitanía de Marina, dependiente del Ministerio de fomento. Puede pasar en caso de temporal muy muy muy muy salvaje cuando "cierran los puertos", pero de los windsurfistas ni se acuerdan y diría que ha de ser tan bestia que sería imprudente salir a navegar.
Por tanto a más de 200 metros no deberían poder decirte nada. Navegando por el canal a velocidad adecuada, no deberían poder decirte nada. Si las condiciones meteorológicas o las propias de la navegación (dirección del viento, oleaje, etc) no permiten ir por el canal, no deberían poder decirte nada. El problema es que los municipios suelen ser unos ANALFABETOS al respecto y confunden bañarse con hacer windusurf sólo porque sales de la playa y te mojas.
Cabe destacar que, según dice la ley de costas, toda esta normativa es para evitar confictos bañista-"embarcaciones varias", por tanto, en invierno cuando no hay bañistas, pues más motivo todavía para no decirte nada.